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Ministerio y calendario único: bien, pero podría ser mejor

01 marzo 2012
Fuente: 
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad

El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en reunión mantenida el 29 de febrero, ha acordado establecer pautas unificadas para toda España en cuanto a las edades de administración de las vacunas comunes (“calendario básico”) incluidas en los calendarios de vacunaciones infantiles de las comunidades autónomas españolas (CC. AA.). Se ha pospuesto para el año 2013 el objetivo de un calendario unificado con idénticos componentes en todas las CC. AA.

La AEP ha emitido un comunicado expresando su postura y opinión sobre estas medidas adoptadas.

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Texto de la nota del Ministerio relacionado con las vacunaciones:

Las comunidades autónomas acuerdan un calendario básico de vacunaciones y la compra centralizada de la vacuna de la gripe y de las vacunas del calendario

CALENDARIO ÚNICO DE VACUNACIÓN

Otro de los grandes acuerdos alcanzados en el Pleno del Consejo Interterritorial hace referencia al calendario de vacunación. Se trata de un consenso histórico, porque por primera vez, todas las comunidades autónomas han acordado hacer efectivas las vacunaciones comunes a las mismas edades. Además, se ha encargado un estudio técnico para la propuesta de calendario 2013, unificando el calendario completo.

En concreto, las modificaciones que ya se han aprobado son las siguientes:

- Primer año de vida:

  • Vacunación de la hepatitis B (HB) a los 0, dos y seis meses, con un período de implantación de un año.
  • Vacunación frente al meningococo C (MenC) a los dos y cuatro meses, con un período de implantación de un año.

- Segundo año de vida:

  • DTPa-VPI-Hib, cuarta dosis de refuerzo a los 18 meses, con un período de implantación de un año.
  • Triple vírica (SRP), primera dosis a los 12 meses, con un período de implantación de un año.

- De tres a seis años:

  • dTpa, quinta dosis de refuerzo a los seis años, con un período de implantación de un año.
  • Triple vírica (SRP), segunda dosis en la franja de edad de tres a cuatro años, con un período de implantación de tres años.

- De 10 a 16 años:

  • Td, sexta dosis de refuerzo a los 14 años, con un período de implantación de un año.