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ECDC: el riesgo de introducción del ébola en Europa es muy bajo

28 julio 2019
Fuente: 
European Centre for Diseases Prevention and Control (ECDC)
El ECDC publica su evaluación de riesgos por el brote de ébola en la Rep. Dem. del Congo activo desde 2018 y declarado “emergencia de salyd pública de interés internacional”

El 17 de julio de 2019, la OMS ha declarado al brote de ébola [1] activo desde hace un año en la Rep. Dem. del Congo (RDC) como una “emergencia de salud pública de interés internacional” (PHEIC en sus siglas en inglés).

Riesgo de introducción de la infección por el virus del Ébola en Europa

[2]Como respuesta a la evolución del brote de ébola en la RDC y la declaración de la PHEIC por parte de la OMS, el European Centre for Diseases Prevention and Control (ECDC), en una nueva evaluación de riesgos de fecha 19 de julio de 2019 [2], establece que:

  • El riesgo para los europeos que vivan o viajen a la región es bajo si se siguen las medidas de protección básicas recomendadas. 
  • Y que el riesgo general de introducción y propagación del virus del ébola en la Unión Europea sigue siendo muy bajo.

Opciones de respuesta propuestas por el ECDC

[3]Para los europeos que vivan o visiten las regiones afectadas, las recomendaciones son:

  • Evitar el contacto con personas sintomáticas o fallecidos (y sus fluidos corporales).
  • Evitar el consumo de carne de caza y el contacto con animales salvajes vivos o muertos.
  • Consumo seguro de frutas y verduras.
  • Lavado de manos frecuente con jabón o soluciones antisépticas.
  • Prácticas sexuales seguras.

Cribado de viajeros: para reducir la probabilidad de introducción del virus del Ébola en Europa, se pueden considerar las siguientes medidas:

  • En los aeropuertos de la región afectada, en los que se realicen controles de salida (recomendado por la OMS), no se debería permitir el embarque de personas con fiebre u otros síntomas. Los controles de entrada en los aeropuertos del mundo que reciban vuelos procedentes de la región con ébola, no están recomendados.
  • Un pasajero que desarrolla síntomas compatibles con ébola debe ser aislado hasta llegar al lugar de destino.
  • Si se confirma un caso de ébola en un pasajero, las aerolíneas deben facilitar la identificación y contacto con los demás pasajeros.
  • Los viajeros provenientes de una región afectada deben ser informados de que si presentan signos o síntomas compatibles con ébola, en los 21 días siguientes a la finalización del viaje, deben: autoaislarse, ponerse en contacto con los servicios sanitarios (en España, a través del 112, sin acudir a un centro sanitario) y mencionar el antecedente del viaje realizado. Sus convivientes y contactos posteriores al viaje también deben ser identificados y controlados. 
  • Los viajeros provenientes de una región afectada que crean haber estado en contacto con un enfermo de ébola durante su viaje, deben ponerse en contacto con el sistema sanitario para la evaluación del riesgo del caso y tomar las medidas necesarias (en España, a través del teléfono 112, sin necesidad de acudir a un centro sanitario).
  • Al objeto de minimizar en lo posible el periodo de tiempo hasta el diagnóstico y el inicio de las medidas de control, los viajeros deben contar con toda la información necesaria.

Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES)

Además, los servicios sanitarios deben estar sensibilizados y conocer el riesgo y los signos y síntomas a vigilar en los viajeros procedentes de las zonas afectadas y los protocolos a seguir en caso de sospecha (disponibles en el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias -CCAES [4]-, Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social). En la sección de alertas en salud pública de actualidad [5], hay un apartado dedicado al brote actual de ébola en la RDC [6] con información actualizada el 25 de julio de 2019: 

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